Una Abogada del Tribunal de la UE aconseja anular el acuerdo de pesca con Marruecos y avala el pacto comercial

La abogada general considera que el acuerdo de pesca y el protocolo de aplicación “ignoran el requisito de que el territorio del Sáhara Occidental sea considerado “separado y distinto” del de Marruecos”, una situación que es “contraria al principio de autodeterminación”.

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Bruselas (EFE).- Una Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pidió este jueves a la corte que anule la decisión en la que se basa el acuerdo pesquero entre la UE y Marruecos, al no tratar al territorio del Sáhara Occidental y las aguas adyacentes como “separados y distintos” de Marruecos.

“El Consejo (Estados miembros) no respetó el derecho a la autodeterminación del pueblo de Sahara Occidental”, considera la Abogada General, la croata Tamara Capeta, en unas conclusiones publicadas hoy.

Aunque la opinión del Abogado General no es vinculante, el Tribunal de Justicia la tiene en cuenta en la mayor parte de los casos.

El dictamen se refiere al acuerdo de colaboración pesquera sostenible y el protocolo para su implementación, firmado entre el Consejo (en nombre de la UE) y Marruecos en enero de 2019.

En junio de ese año, el Frente Polisario, un movimiento que apoya el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación, solicitó ante el Tribunal de Justicia la anulación de esa decisión, afirmando representar al pueblo del Sáhara Occidental. 

Dos años después, el Tribunal de la UE anuló la decisión por la que se estableció el acuerdo pesquero, pero tanto la Comisión Europea como el Consejo recurrieron ese fallo judicial.

Los argumentos de la letrada

En sus conclusiones de hoy, la Abogada General Tamara Capeta propone al Tribunal desestimar esos recursos y confirmar la sentencia del Tribunal de Justicia, aunque por motivos diferentes a los argumentados por la Corte.

En primer lugar explica que aunque el pueblo del Sáhara Occidental “no tiene un representante oficial o reconocido que pueda presentar recurso de apelación en su nombre”, debe considerarse que el Frente Polisario, “expresa los intereses y deseos de una parte (al menos) del pueblo del Sáhara Occidental”.

Además, considera que el acuerdo de pesca y el protocolo de aplicación “ignoran el requisito de que el territorio del Sáhara Occidental sea considerado “separado y distinto” del de Marruecos”, una situación que es “contraria al principio de autodeterminación”.

Por otra parte, según la Abogada General, la falta de trato diferenciado de los dos territorios puede tener repercusiones sobre el derecho del pueblo del Sáhara Occidental a disfrutar y beneficiarse de sus recursos naturales, incluidos los pesqueros en las aguas adyacentes a este territorio.

Respaldo al acuerdo comercial con Marruecos

Tamara Carpeta si avaló este jueves la legalidad del acuerdo comercial de la UE con Marruecos en contra de la sentencia del tribunal europeo de primera instancia, que anuló su aprobación al considerar que el pacto debió ser refrendado por el Frente Polisario.

Según la abogada, el pueblo saharaui no tiene ningún representante oficial o reconocido que pueda interponer un recurso en su nombre, justo lo que hizo el Frente Polisario denunciando el acuerdo comercial entre la UE y Marruecos ante la justicia europea.

La letrada considera que ese acuerdo trata al Sahara Occidental como un territorio diferente y separado de Marruecos y por tanto el Tribunal General de la UE (TGUE), el órgano judicial de primera instancia, se equivocó al aceptar el recurso de nulidad presentado por el Frente Polisario.

Ahora, la abogada general da la razón a la Comisión Europea y al Consejo de la UE ya que, según el derecho internacional público, una potencia administradora puede celebrar, en determinadas circunstancias, un acuerdo internacional en nombre de un territorio no autónomo, como es el caso del Sahara Occidental.

Los melones y tomates del Sahara Occidental

Cosa distinta es el origen de los productos que ambas partes exportan a la UE. La Abogada General ha pedido que los melones y tomates procedentes del territorio del Sáhara Occidental incluyan en su etiquetado una mención del “país de origen” que refleje su procedencia de ese territorio y no de Marruecos.

En respuesta a la decisión de Francia de prohibir las importaciones de estos productos, basándose únicamente en que los melones y los tomates originarios del territorio del Sáhara Occidental no presentaban un etiquetado correcto, Tamara Ćapeta recuerda que tanto Bruselas como la comunidad internacional consideran que el territorio del Sáhara Occidental goza de un estatuto separado y distinto del marroquí.

A su juicio, la ausencia de esta indicación entraría en conflicto con la posición mostrada por la Unión en el territorio del Sáhara Occidental y desconocería la obligación de incluir información “correcta, neutral y objetiva” en el etiquetado de los productos alimenticios.

Por tanto, concluye que el etiquetado de estos productos que indica que son originarios de Marruecos y no del Sáhara Occidental infringe el Derecho de la Unión.

EFE, 21/03/2024

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